Las Cortes de Aragón culminan la actualización del Derecho Foral con la Ley Patrimonial

El Pleno de las Cortes de Aragón ha concluido este jueves el proceso de actualización del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma y que tiene sus "viejas raíces" en el Fuero de Jaca (Huesca) de 1077. Los cinco Grupos Parlamentarios han aprobado la Ley de Derecho Civil Patrimonial. El Gobierno de Aragón aprobará un Decreto Ley con el Código del Derecho Foral de Aragón, en aplicación del Estatuto de Autonomía, que autoriza a la Comunidad Autónoma a legislar esta materia. Este Decreto refundirá todas las Leyes de Derecho Civil aprobadas por las Cortes autónomas desde 1999.El futuro Código Foral de Aragón incluirá la Ley de Sucesiones por Causa de Muerte, aprobada en 1999; la de parejas estables no casadas, del mismo año; la del régimen económico matrimonial y de viudedad, de 2003; la de Derecho de la persona, de 2006; la de custodia compartida, de 2010 y la actual. También se incorporará el Título Preliminar de la Compilación de 1967, ya que contiene las fuentes del Derecho Civil Foral de Aragón. Las Cortes de Aragón siempre podrán actualizar el Derecho Civil Foral y podrán continuar legislando sobre el Derecho Privado, probablemente a partir de la próxima legislatura, dado que la actual concluye antes del próximo verano.

LEY PATRIMONIAL

La Ley de Derecho Civil Patrimonial, que rescata parte del lenguaje jurídico aragonés, actualiza algunos derechos de vecindad, como el de uso de ademprios o el derecho de abolorio. Esta Ley actualiza la legislación sobre las relaciones de vecindad y las servidumbres, estableciendo que los propietarios de 'sitios' o inmuebles no pueden causar riesgos a los demás. Por ejemplo, la nueva normativa permite a los propietarios de fincas a cortar las ramas de los árboles que hayan nacido en propiedades vecinas, hayan invadido las suyas y cuyos propietarios no quieran hacerlo por sí mismos. Si es un árbol frutal, el perjudicado podrá quedarse la mitad de los frutos.Si un árbol amenaza caerse causando daños materiales o a personas, el propietario deberá arrancarlo y retirarlo. Además, responderá por los daños causados. Los árboles medianeros no podrán ser arrancados por sus propietarios privados, si los tienen.La Ley regula los pasos de aguas fluviales y otras servidumbres, como el uso de fincas ajenas para realizar obras en la propia, incluso levantando andamios o atravesando las mismas. También se regulan los balcones y otros voladizos, que no se podrán construir cuando se abran ventanales en las paredes que separen dos fincas. La Ley regula las servidumbres de pastos, reconociendo la institución de la 'alera foral', que permite utilizar los pastos de terrenos mancomunales mediante acuerdo, así como los ademprios, cuyo uso está repartido desde tiempo inmemorial e, inicialmente, el derecho de uso es vitalicio.

ABOLORIO

Otro derecho actualizado es el de Abolorio, mediante el cual una familia puede recuperar una antigua propiedad comprándola a su propietario si va a venderla a una persona que no pertenezca a esta familia. Este derecho afecta a los inmuebles rústicos, los edificios o parte de ellos que hayan pertenecido a una misma familia durante dos años. La Ley dispone qué familiares pueden ejercer este derecho. Fuente: EuropaPress

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